Declaración Jurada para intermediarios 2020

A partir del próximo 20 de enero de 2020, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, da inicio a la Declaración en Línea para Intermediarios de la Actividad Aseguradora, a través de su sitio Web. Esto como parte de las políticas de gobierno abierto y desarrollo tecnológico, iniciadas desde el año 2010 y que se han ido desarrollando.

Vale acotar que este proceso se realiza en cumplimiento a lo previsto en el artículo 115 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de la Actividad Aseguradora, que señala el deber de estos sujetos regulados a informar, mediante Declaración Jurada, si se encuentran en ejercicio de la actividad para la cual han sido acreditados por esta institución reguladora.

En este sentido, la Sudeaseg a través de su portal web www.sudeaseg.gob.ve, ofrece la opción, de manera muy sencilla y rápida, de cumplir con este requisito indispensable para continuar cumpliendo sus funciones como intermediario. Para este fin, deberá hacer clic en la opción: \»Sistema\» en el módulo: \»Gestión de Cumplimientos de Sujetos Regulados\» y desde allí efectuar el registro o, si es el caso, actualizar los datos.

Es importante señalar que el período de declaración culminará el 20 de abril de 2020. Luego de esa fecha, y según las correspondientes revisiones y procedimientos, aquellos intermediarios que no hayan realizado su declaración jurada, deberán asumir las consecuencias legales respectivas, como lo dispone el art. 177 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora, según el cual:

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora revocará la autorización de inscripción respectiva a cualquiera de los intermediarios de seguros, inspectores de riesgo, peritos evaluadores o ajustadores de pérdida, que según este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley requieran autorización para actuar como tal.

 

 

¡Declare a tiempo, evite ser sancionado!

Periodista | Nadia Santana