Las charlas “De los hallazgos a la acción transformando procesos” y “Hallazgos de la Dirección de Defensoría en las inspecciones realizadas a los sujetos regulados y sujetos no autorizados” brindaron múltiples herramientas para el ejercicio de los profesionales del sector asegurador
La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) presentó durante la jornada formativa de este miércoles 22 de octubre, los hallazgos recurrentes detectados en los procedimientos de inspección correspondiente al período 2024-2025, donde los Oficiales de Cumplimiento y la figura del Defensor del Asegurado fueron actores fundamentales, así como las debidas recomendaciones basadas en el marco legal vigente orientadas a garantizar la efectiva administración de riesgos y la óptima defensa de los clientes dentro de la actividad aseguradora.
Especialistas de la Oficina de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM) y Otros Ilícitos de la Sudeaseg destacaron la necesidad imperante del proceso de control continuo que deben llevar a cabo los sujetos regulados a través de sus Oficiales de Cumplimiento para identificar, evaluar, comprender y mitigar los riesgos a los que están expuestos.
Por su parte, el panel de abogados de la Dirección de Defensoría del Tomador, Asegurado, Beneficiario, Contratante, Usuario y Afiliado destacó el fortalecimiento del mercado asegurador con las medidas acatadas por los sujetos regulados (empresas de seguros y medicina prepagada) y sujetos no autorizados a partir de las inspecciones al ejercicio de intermediación y al cumplimiento de requisitos técnicos y financieros para la comercialización de productos de seguros establecidos en el ordenamiento jurídico.


Transformando procesos para la Administración de Riesgos de LC/FT/FPADM y Otros Ilícitos
Los expertos de la Sudeaseg María Fernanda Márquez, María José Perdomo y Marco Rivero iniciaron la jornada formativa advirtiendo sobre los riesgos legales, operacionales, reputacionales o de contagio latentes en el sector asegurador, con base al Informe de Evaluación Mutua del GAFIC, la Evaluación Nacional de Riesgo 2024 y la Evaluación Sectorial de Riesgo del Sector Asegurador 2024, enfocados en la efectividad del Sistema Integral de Administración de Riesgos de LC/FT/FPADM de los sujetos regulados.
En este sentido, llamaron a la acción en la aplicación de la debida diligencia en la recolección y actualización de información en los expedientes de clientes y empleados para determinar cambios de comportamiento. Entretanto, se reiteró la obligatoriedad de la política de Identificación del Beneficiario Final aplicable a toda persona jurídica, así como los mecanismos de control implementados mediante herramientas tecnológicas que sistematicen procesos como es el caso del Sistema de Reportes de Transacciones y Operaciones de Negocios (RTON) de la superintendencia.
“Es responsabilidad de los oficiales de cumplimiento declarar dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, los registros completos de sus clientes y enviar los reportes al correo legitima@sudeaseg.gob.ve en el formato correspondiente. Uno de los campos relevantes es el nivel de ingreso. La Sudeaseg mantiene la capacitación continua para garantizar la efectividad de la gestión de riesgos”, explicó Márquez.
Por su parte, el equipo conformado por Nathaly Romero, Jean Arias y Douglas Padovani remarcó la importancia de aplicar políticas de medición en las autoevaluaciones de riesgo de clientes, empleados, proveedores, intermediarios y reaseguradores, al tiempo que recomendaron elaborar planes de trabajo para la actualización y análisis de expedientes.
Los sujetos regulados cuentan con herramientas publicadas en la página www.sudeaseg.gob.ve como la Ley de la Actividad Aseguradora, Providencia Administrativa N° SAA-01-0536-2024, Resolución Conjunta mediante la cual se establecen los mecanismos de cumplimiento orientados a la designación, exclusión y aplicación de medidas provisionales de conformidad con lo previsto en las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, publicada en la Gaceta Oficial N° 43.101 de fecha 3 de abril de 2025, la Guía sobre las Mejores Prácticas para el Ejercicio de las Funciones y Cumplimiento de las Obligaciones del Oficial de Cumplimiento de los Sujetos Obligados del Sector Asegurador, la Guía de Aspectos Básicos para Entender y Elaborar las Autoevaluaciones de Riesgo y la Guía sobre la Identificación y Determinación del Beneficiario Final en materia de Administración de Riesgos de LC/FT/FPADM y Otros Ilícitos en el Sector Asegurador.

Se consolida figura del Defensor del Asegurado y conformación de Unidades de Defensa
Los abogados Jeison García, Wilmer Jauregui y Steefani Henríquez adscritos a la Dirección de Defensoría de la Sudeaseg, detallaron que durante las inspecciones realizadas a partir de 2024 a los sujetos regulados y no autorizados en las cuales se detectaron irregularidades en actividades como la comercialización de pólizas RCV, seguros funerarios o medicina prepagada. Asimismo se destacó la competencia de la Sudeaseg para realizar dichas inspecciones a las Unidades de Defensa establecida en la Ley de la Actividad Aseguradora y en las Normas Relativas a la Defensa de los Derechos del Tomador, Asegurado, Beneficiario, Contratante, Usuario y Afiliado de la Actividad Aseguradora.
A propósito de la regulación de estas actividades, se instó a consultar los dictámenes publicado en la página de la superintendencia: Adecuación y adaptación de forma de empresas de seguro de las Asociaciones Cooperativas que realicen Actividad Aseguradora, Divulgación y Publicidad en la Actividad Aseguradora, Contrato de medicina prepagada y Diferencias entre el Contrato de Previsión Funeraria y Contrato de Seguro Funerario.
Recordaron que, mediante formación continua y campañas educativas realizadas en ocasión a las inspecciones dirigidas a los sujetos no autorizados, se ha orientado sobre esta materia. Dentro de las obligaciones se encuentran la designación de la figura del Defensor del Asegurado, así como la creación de unidades de defensa e información sobre su existencia.
