Declaración en Línea

Sudeaseg activa sistema para la Declaración en Línea hasta el 31 de marzo

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), informa a los intermediarios que desde el 01 de enero hasta el 31 de marzo del 2023, estará activo el Sistema de Declaración en Línea  a través del botón “Gestión de Sujetos Regulados”, ubicado al  inicio del sitio Web de la institución, donde deberán realizar la Declaración Jurada de encontrarse en el ejercicio de la actividad para la cual fueron autorizados, según lo establecido en el artículo 115 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora, el cual indica:

“… Los intermediarios autorizados por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, deben informar anualmente, desde la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley a través de una declaración jurada, que se encuentran en el ejercicio de la actividad para la cual han sido autorizados…”.

Asimismo, los agentes y corredores de seguros, sociedades de corretaje de Seguros y Reaseguros, auditores externos, inspectores de riesgos, actuarios independientes, peritos avaluadores y ajustadores de pérdidas, deben realizar la Declaración de Origen de los Fondos y la Declaración Jurada de Conocimiento en Materia de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM), dentro de los treinta (30) días hábiles al  cierre del ejercicio económico, según lo establecido en el artículo 74 de la Providencia Administrativa SAA-8-004.2021, de fecha 08 de febrero de 2021.

Cabe recordar que el no cumplir con este  requisito establecido en la Ley, acarreará consecuencias jurídicas, tal como está expuesto en el art. 177 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora, que indica las causales para la revocación de la autorización a los intermediarios, inspectores de riesgos, peritos avaluadores o ajustadores de pérdidas, en su numeral 5.

Una vez culminado el periodo señalado para efectuar las declaraciones, la Oficina de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, y la Dirección de Registro y Regulación de la Actividad Aseguradora de la Sudeaseg, realizarán las revisiones y los procedimientos correspondientes.

Elena Silveira/ Prensa Sudeaseg