La oficina de Auditoría Interna de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) dictó, a todo el personal activo de la institución, la charla «Responsabilidad de los Servidores Públicos en el Ejercicio de sus Funciones: sanciones administrativas», con énfasis en la normativa legal aplicable, los supuestos generadores de este tipo de responsabilidad, la potestad sancionatoria y sus consecuencias; en pro de continuar con la transparencia, eficiencia y eficacia de la gestión que realiza esta institución.
Durante la actividad, se explicó el marco legal relacionado con el cumplimiento de las funciones públicas y la protección de los bienes o fondos públicos, específicamente los artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (LOCGRSNCF), el Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Código de Ética de los Trabajadores de la Sudeaseg que abarcan las responsabilidades administrativas.
La directora de la oficina de Auditoría Interna de la Sudeaseg, Yelitza Guillén destacó que el órgano de control fiscal garantiza que la base de la función pública sea la debida diligencia y el cumplimiento estricto de las normas, al tiempo que reiteró el apoyo especializado y orientación que se brinda esta unidad conforme a sus competencias, con el propósito de evitar que alguna conducta derive en un procedimiento administrativo ante la Contraloría General de la República.


Por su parte, la coordinadora del área de Determinación de Responsabilidades, Gloriana Sánchez mencionó la relevancia del cumplimiento de los manuales y normas de la superintendencia, las actividades asignadas, el debido manejo de funciones, la atención al horario, el uso sostenible de los recursos, las solicitudes de permiso, el manejo y conservación. Asimismo, advirtió sobre el manejo y conservación de archivos o registros y la protección de la información en los sistemas informativos o tecnológicos.
En su ponencia, la especialista de Auditoría Interna, Matilde González detalló lo establecido en los 29 numerales del artículo 91 de la LOCGRSNCF sobre los supuestos generadores de responsabilidad administrativa. De igual manera, se detalló la potestad sancionatoria que corresponde a los órganos de control fiscal que comprende la declaración de responsabilidad administrativa, la imposición de multas y la aplicación de las sanciones previstas que dicta la ley.
“Es muy importante que tomemos en consideración el código de ética que rige la conducta de los servidores públicos en la Sudeaseg junto con las normas legales y sublegales en el ejercicio de nuestras funciones para evitar medidas como las multas, la suspensión o destitución del cargo, incluso la inhabilitación”, precisó ante el auditorio presente.
Se concluyó con el compromiso de fortalecer la gestión pública correcta a partir de las decisiones que tomamos todos a diario, al pensar cómo cada actividad en nuestro trabajo aporta al cumplimiento de los principios que rigen el servicio público, como la transparencia, eficiencia, economía, eficacia y equidad.
